Cuánto cuesta vender una casa en Guadalajara, partida por partida

La partida grande es la comisión, y la sorpresa buena es el impuesto: si la casa fue tu vivienda y se vende por menos de 700,000 UDIS —unos 6.15 millones de pesos hoy— la ganancia queda exenta de ISR. Casi todo el segmento de tres a cinco millones cae debajo de ese tope. Abajo va cada partida por separado, con su fuente.

1. La comisión de la inmobiliaria

Es la partida más grande y la paga el propietario, descontada del monto de la operación en el cierre notarial. No está fijada por ley: se pacta. La tabla escalonada más citada a nivel nacional va de 7% en propiedades de hasta un millón de pesos, 6% de uno a tres millones, 5% de tres a cinco millones y 4% arriba de cinco millones. Las dos referencias locales de Guadalajara que pudimos verificar citan 5% plano y un rango de 4% a 6%, que converge con ese escalón. Súmale IVA.

En pesos, para que se vea: una casa de tres millones al 6% son 180,000 pesos más IVA; una de cuatro millones al 5% son 200,000 más IVA; una de cinco millones al 5% son 250,000 más IVA.

2. El ISR, que probablemente no vas a pagar

La Ley del ISR exenta la ganancia por la venta de tu casa habitación cuando el precio de venta no rebasa 700,000 UDIS y la operación se formaliza ante notario. Con la UDI en 8.798369 pesos —valor publicado por el Diario Oficial de la Federación para el 11 de agosto de 2026— ese tope equivale a 6,158,858 pesos. Una casa de tres, cuatro o cinco millones queda por debajo, así que la ganancia va exenta si cumples los requisitos.

  • Que haya sido tu casa habitación y puedas comprobarlo con documentos a tu nombre y con esa dirección: identificación, recibos de servicios o estados de cuenta.
  • Que no hayas usado esta exención en los últimos tres años. Es un beneficio por contribuyente, una vez cada tres años.
  • Que la venta se formalice ante notario público, que es quien aplica la exención y la reporta.
  • Ojo: el tope de 700,000 UDIS se mide sobre el PRECIO DE VENTA, no sobre la ganancia. Si el precio lo rebasa, se calcula el impuesto sobre la ganancia por la parte que excede.

El valor de la UDI cambia todos los días, así que el tope en pesos se mueve: verifica el dato del día en el Diario Oficial de la Federación. Y esto es información general, no asesoría fiscal — quien determina y aplica tu exención es el notario que pasa la escritura.

Dos detalles de la exención que casi nadie te dice

El primero es el terreno. El Reglamento de la Ley del ISR considera casa habitación el terreno que no exceda tres veces el área cubierta por la construcción. Si tienes 800 metros de terreno con 200 construidos, quedan exentos 600; los 200 restantes sí causan impuesto. Importa en casas de lote grande, que en Chapalita y en varias colonias de Zapopan son la norma y no la excepción.

El segundo es que exento no significa invisible. Si tus ingresos totales del año superan 500,000 pesos, la Ley del ISR te obliga a reportar la venta en tu declaración anual aunque no pagues un peso de impuesto. Omitirlo es el origen clásico de una carta invitación del SAT meses después.

3. El avalúo: obligatorio en Jalisco

Aquí no es opcional. La Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco exige el avalúo y obliga a que la autoridad catastral lo apruebe; si un notario formaliza sin esa aprobación, incurre en responsabilidad solidaria. Por eso ninguna notaría en Jalisco cierra sin él. Hay dos caminos y cuestan muy distinto según el municipio.

  • Dictamen de valor del municipio. En Guadalajara son 1,431 pesos hasta un millón de valor, más 1 al millar sobre el excedente: una casa de cuatro millones sale en 4,431. En Zapopan la base es de 3,933 pesos más 2 al millar — el mismo trámite cuesta casi tres veces más.
  • Avalúo de un perito valuador con registro estatal, que después el municipio revisa y autoriza: 449 pesos esa revisión en Guadalajara, 566 en Zapopan. El honorario del perito es precio libre —la ley estatal ordena un arancel que no está publicado con cifras— y en el mercado local ronda los 4,000 a 8,000 pesos más IVA para este rango de valor.

4. Certificado de libertad de gravamen: 714 pesos

Lo expide el Registro Público de la Propiedad y acredita que la casa no trae hipotecas ni embargos. La Ley de Ingresos del Estado de Jalisco para 2026 lo fija en 714 pesos, y en 836 si lo pides con historial de hasta veinte años. Si lo necesitas en veinticuatro horas, la cuota se cobra al doble. Verás circular la cifra de 502 pesos en varios sitios: no corresponde a la ley vigente.

Vale la pena que lo pidas tú antes de publicar la casa, aunque normalmente lo corra la notaría más adelante. Un embargo o una hipoteca que nadie canceló aparece mejor al principio que con el comprador ya sentado.

5. Cancelación de hipoteca, si tu casa tiene crédito

Si todavía debes, hay que liquidar y cancelar la hipoteca para entregar la casa libre de gravamen. El arancel notarial de Jalisco topa el honorario en 1,925 pesos cuando la cancelación va en la misma escritura y en 4,813 cuando va en escritura aparte; súmale 210 pesos del derecho registral y el certificado. El piso verificable ronda los 6,500 pesos, y digo piso porque el arancel topa el honorario pero no los gastos de gestoría.

Lo que de verdad cuesta aquí es el calendario, no el dinero. La ley le da al banco hasta sesenta días hábiles para entregarte la escritura libre de gravamen después de tu último pago, y ese tiempo no lo acelera nadie. Es la razón más común de que un cierre se recorra semanas.

6. Constancias de no adeudo

La del predial es obligación tuya por ley: sin ella el notario no puede autorizar la escritura. Cuesta 126 pesos en Guadalajara y 135 en Zapopan. La del agua es de las pocas buenas noticias del trámite: en ventanilla son 213.60 pesos, pero sale gratis cuando la tramita el notario por el portal del SIAPA y la cuenta está al corriente.

Y una que casi siempre se olvida: si tu casa está en condominio, el Código Civil de Jalisco obliga al notario a exigirte a ti, la parte vendedora, la constancia de no adeudo de cuotas que expide el administrador. No tiene tarifa publicada porque la emite un privado. Ojo con dejarla al final: un estado de cuenta vencido a noventa días es título ejecutivo, o sea una deuda cobrable en juicio, no un pendiente administrativo.

La cuenta completa, y lo que de verdad importa

Para una casa de cuatro millones en Guadalajara, sin hipoteca ni condominio, de un vendedor que califica para la exención: la comisión al 5% son 232,000 pesos con IVA, y todos los trámites municipales juntos suman alrededor de 500 pesos. El ISR es cero. Dicho de otra forma: más del 99% de lo que desembolsa el vendedor es la comisión.

Esa es la conclusión práctica de toda esta guía. Quien te esté discutiendo los gastos de trámites está discutiendo ruido; la única cifra que mueve la aguja es el porcentaje de comisión y su IVA. Negocia esa, no los 126 pesos del predial.

Lo que NO pagas tú

El impuesto sobre adquisición lo paga el comprador y eso sí es ley, no costumbre: para una casa de cuatro millones en Guadalajara son unos 117,500 pesos. Los honorarios notariales y la inscripción en el Registro Público también los absorbe el comprador por convención, pero cuidado con esa palabra: el Código Civil de Jalisco dice que, a falta de pacto, los gastos de escritura y registro se pagan por mitad. Si no lo escriben en el contrato, la regla de fondo es 50/50.

De dónde sale cada cifra: la exención y sus requisitos, de la Ley del ISR y su Reglamento; el valor de la UDI, del Diario Oficial de la Federación del 11 de agosto de 2026; el certificado de gravamen y el derecho registral, de la Ley de Ingresos del Estado de Jalisco 2026; el avalúo, el predial y el ISAI, de las leyes de ingresos de Guadalajara y Zapopan 2026; los honorarios de cancelación, del arancel notarial de Jalisco 2026; y la constancia del agua, del resolutivo tarifario del SIAPA. Los porcentajes de comisión son rangos de mercado, no tarifas oficiales: en México la comisión inmobiliaria no está fijada por ley. Donde no hay tarifa pública —el honorario del perito valuador y la constancia de condominio— lo decimos en vez de inventar un número. Todo esto es información general y cambia cada año: quien determina tu caso es el notario.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar ISR si vendo mi casa en Guadalajara?

Probablemente no, si fue tu casa habitación y el precio de venta no rebasa 700,000 UDIS —alrededor de 6.15 millones de pesos con el valor de la UDI del 11 de agosto de 2026—. También necesitas no haber usado la exención en los últimos tres años y poder comprobar que ahí vivías. Quien aplica la exención es el notario, y por eso conviene hablarlo con él antes de firmar nada.

¿La comisión se paga aunque yo consiga al comprador?

Depende de lo que diga tu contrato, y por eso es una cláusula que hay que leer antes de firmar. Existen las dos versiones en el mercado: contratos donde se paga completa sin importar quién trajo al comprador, y contratos donde se pacta una reducción para ese caso. Acuérdalo al principio, porque en cuanto se corre la voz de que vendes, casi siempre aparece un conocido preguntando.

¿Cuánto me queda limpio de la venta?

El precio menos la comisión más IVA, menos unos quinientos pesos de trámites, y menos el ISR solo si rebasas el tope de exención. Para una casa de cuatro millones vendida al 5% en Guadalajara, eso son 232,000 pesos de comisión con IVA y prácticamente nada más. Cualquier asesor que te dé un número exacto sin haber visto tu escritura ni tu situación fiscal te lo está inventando.

¿Cómo compruebo que la casa era mi casa habitación?

Con uno solo de estos tres documentos, siempre que el domicilio coincida con el de la casa que vendes: tu credencial de elector, un recibo de luz o de teléfono fijo, o un estado de cuenta bancario o de tarjeta. Basta uno, y el Reglamento permite que esté a nombre de tu cónyuge o de tus padres o hijos en línea recta. No hay un plazo mínimo de residencia exigido.

Somos dos dueños, ¿el tope de exención se duplica?

En la práctica notarial sí: la exención es por contribuyente, así que en copropiedad o sociedad conyugal cada titular declara su parte y aplica su propio tope, lo que en los hechos lleva el techo cerca de los doce millones. Dicho con honestidad, no hay una regla escrita que lo diga con esas palabras: es la interpretación profesional generalizada. Si tu operación depende de eso, confírmalo con el notario antes de firmar.

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Escrito por Pablo González, cofundador de Zaguán. Última revisión: 11 de agosto de 2026.

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